México restringe  contenido para niños en plataformas digitales

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Por: La Redacción

Cuauhtémoc, Ciudad de México. 14 de octubre 2026. La presidenta constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo en conferencia de prensa matutina en Palacio Nacional. La acompañan: Leticia Ramírez Amaya, secretaria de Bienestar; Alicia Bárcena, secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Luisa María Alcalde, consejera jurídica del Ejecutivo Federal; Columba López, secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural; Pedro Álvarez Icaza Longoria, comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas y Adrián Flores Eredia, subsecretario de Inclusión Productiva y Desarrollo Rural. Foto: Juan Carlos Ramos Mamahua/Presidencia

México.-

La Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, firmó hoy el  Decreto de entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes, el cual   restringe la exposición de contenidos de violencia, acoso o abuso sexual en las plataformas digitales y ordena retirar de inmediato materiales de riesgo en perfiles de menores de edad.

El instrumento es de carácter obligatorio pero no punitivo; las plataformas cuentan con un plazo de 30 días naturales para adecuar sus sistemas e informar sobre su cumplimiento

La mandataria destacó que en la conferencia de prensa,  Las mañaneras del Pueblo, “Tienen que desarrollar todo lo necesario para que así sea. Las plataformas estuvieron de acuerdo; lo único que pidieron fue un mes para poder preparar sus plataformas para que esto sea una realidad, y le vamos a dar seguimiento con la Agencia de Transformación Digital. Si vemos que no se está cumpliendo, entonces pasaríamos a una ley que también implicaría sanciones a las plataformas”.

Mientras que la  consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde Luján, informó que durante las reuniones de trabajo con empresas como Meta, Microsoft, Apple, TikTok, Google, X y Huawei, las plataformas reconocieron la necesidad de este instrumento, “Se trata de un marco de cumplimiento obligatorio, mas no punitivo, que otorga un plazo de 30 días naturales a partir de su entrada en vigor para realizar los ajustes técnicos necesarios y documentar formalmente las medidas adoptadas ante la autoridad”.

El decreto se fundamenta en el Artículo 101 Bis 3 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y contempla cinco ejes centrales:

El instrumento legal estipula que las plataformas digitales no deben permitir a niñas, niños y adolescentes el acceso, la exposición ni la recomendación algorítmica de contenidos, imágenes y videos que generen o promuevan: discursos de odio, extremismo violento; abuso, explotación o violencia sexual; suicidio, autolesiones deliberadas, trastornos alimenticios; violencia en el entorno escolar; acoso y ciberacoso; ciberbullying; conductas ilícitas; y material sexual explícito.
 

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